Será miembro de la Carrera Magisterial el Maestros de salón de clases, Maestro Bibliotecario, Maestro Especialista en Tecnología Intruccional, el Orientador Escolar, Trabajador Social Escolar, Coordinador Industrial y Coordinador de Programas Vocacionales del Sistema de Educación Pública de Puerto Rico que cumpla con los siguientes requisitos:
Estarán excluidos de la Carrera Magisterial los miembros del personal docente del Departamento de Educación que no reúnan plenamente estos requisitos.
La condición de miembro activo de la Carrera Magisterial constituye un requisito indispensable para obteneer los beneficio relacionados con revisiones de salarios y ascenso a niveles según establecido en la "Ley de la Carrera Magisterial."
Es importante señalar que la condición como miembro activo de la Carrera Magisterial requiere un compromiso recurrente por parte del maestro para invertir y documentar su desarrollo profesional. Maestros pueden gozar de la condición de miembro activo de la Carrera Magisterial y perder esta condición al no cumplir con el Plan de Mejoramiento Profesional aprobado.
Para considerarse miembro activo de la Carrera Magisterial es neceario entregar al Director Escolar (y en caso de estar vacante el puesto, el Superintendente Escolar) durante el mes de abril de cada año escolar la Solicitud para Activación a la Carrera Magisterial conjunto a su Plan de Mejoramiento Profesional . El Plan de Mejoramiento Profesional debe inclulir al momento de entrega la Certificación de Radicación y Aprobación del Plan de Mejoramiento Profesional (ver lista de anejos). Para el beneficio de nuestros maestros incluimos al pie de este artículo una guía explicativa de cómo completar un Plan de Mejoramiento Profesional.
Cualquier duda o pregunta sobre sus derechos, beneficios y/o requisitos que aplican a maestros, favor comunicarse a la División de Certificaciones Docentes y Desarrollo Profesional adscrita a la Secretaría Auxiliar de Recursos Humanos.