El Reglamento de Certificación del Personal Docente de Puerto Rico (2004) deroga el Reglamento Núm. 6234 de 16 de noviembre de 2000 según enmendado. El nuevo reglamento establece los requisitos de preparación académica y profesional, de experiencia y de especialidades que , en cumplimiento de la ley, se requieren y que deberán reunir y acreditar los candidatos a ser certificados para ejercer en las distintas categorías de puestos de personal docente en las escuelas públicas y privadas de Puerto Rico. Se establecen además los requisitos para obtener la renovación de certificados de maestros. El Reglamento señala además la autoridad del Secretario de Educación para cancelar dichos certificados.
Tipos de Certificado
- Certificado Provisional - Documento que autoriza al poseedor a ejercer como maestro en escuela pública por un período de un (1) año en el nivel y especialidad que se especifica en el mismo. Esta certficación se utiliza cuando la persona no cumple con los requisitos mínimos para obtener un certificado regular. El Secretario podrá expedir certificados provisionales por un término de cuatro (4) años a maestros que trabajan en escuelas privadas acreditadas para operar por el Gobierno de Puerto Rico. El Certificado Provisional se expedirá además en áreas que no estén delineadas en el Reglamento para la Carrera Magisterial (ver anejo) y que obedezcan a la necesidad de un momento dado.
- Certificado Regular - Documento que autoriza al poseedor a ejercer como maestro por un periodo de seis (6) años en el nivel, especialidad o programa que se especifica en el mismo.
- Certificado Vitalicio - Documento que autoriza al poseedor a ejercer como maestro de por vida en el nivel y especialidad que se especifica.