El propósito de este Reglamento (ver anejo) es reconocer y retribuir el desempeño profesional del personal docente. El personal docente lo componen:
- Maestro del salón de clases,
- Maestro Bilbiotecario,
- Orientador Escolar,
- Trabajador Social Escolar,
- Maestro Especialista en Tecnología Instruccional,
- Coordinador Industrial y
- Coordinador de Programas Vocacionales.
Cualquier que labora en estas carreras será considerado meimbro de la Carrera Magisterial siempre y cuando reuna los siguientes requisitos:
- Posean certificado regular en la categoría en que se desempeña
- Tengan nombramiento permanente.
- Estén realizando las funciones inherentes en las categorías de puesto para el cual se les expidió el certificado regular.