Planificar, diseñar y establecer los controles y procesos necesarios para asegurar el uso eficiente de los recursos del Departamento de Educación y las Escuelas de la Comunidad. Proveer servicios efectivos, rápidos y de calidad. Incorporar técnicas modernas de administración pública. Continuar con el proceso de automatización de los sistemas internos.
Procesar las transacciones de pago e ingresos y mantener un control y contabilidad de los fondos y propiedad pública en poder del Departamento de Educación. Esto bajo los más altos estándares de transparencia, verticalidad y a tono con las leyes y reglamentos aplicables.
La Ley Núm. 149 del 15 de julio de 1999 recoge todos los cambios contenidos en la Ley Núm. 68 del 28 de agosto de 1990 conocida como "Ley Orgánica del Departamento de Educación del Estado Libre Asociado" y en la Ley Núm. 18 del 16 de junio de 1993, "Ley para el Desarrollo de las Escuelas de la Comunidad". Establece la política pública del Sistema Educativo de Puerto Rico, así como los derechos que protegen a todos los componentes del Sistema y señala las responsabilidades de los mismos.
Divisiones de la Oficina de Finanzas | |
|
|